Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1871-1872 (Cortes de 1871 a 1872)
Sesión: 17 de junio de 1871
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Respuesta al Sr. Gullón y al Sr. Morayta
Número y páginas del Diario de Sesiones 65, 1.753 a 1.755
Tema: Pregunta del Sr. Gullón sobre consumos y del Sr. Morayta sobre el ayuntamiento de Granada y causas por delitos de imprenta

El Sr. Ministro de la GOBERNACIÓN (Sagasta): El Sr. Morayta ha dirigido al Ministro de la Gobernación una pregunta que tiene dos partes. En primer lugar, desea saber S. S. si el Ministro de la Gobernación tiene noticias de que el ayuntamiento de Granada ha separado a varios serenos y guardias municipales. Debo contestar, que el Ministerio de la Gobernación no sabe nada de eso, ni le importa saberlo; porque ¿para que lo ha de saber? El ayuntamiento de Granada, como todos los de España, puede separar y nombrar serenos y guardias municipales, sin que por eso se altere la marcha regular del Estado, ni el Gobierno tenga nada que hacer. Veo que se van modificando las opiniones de los señores de enfrente, según tuve ya ocasión de observar el otro día contestando al Sr. Sorní. ¿Para qué quiere el Sr. Morayta que el Ministro de la Gobernación intervenga en el nombramiento de serenos y guardias municipales? (El Sr. Morayta : No quiero eso.) Pues si no quiere S. S. eso, ¿para qué me lo pregunta? El Gobierno nada tiene que ver con los serenos ni con los guardias municipales, ni con ninguno de los empleados de los municipios, y esto es consecuencia del principio de descentralización. S. SS. parece que desean la centralización, pues siempre preguntan por cosas que no corresponden al Gobierno, en las cuales el Gobierno no quiere intervenir, porque somos descentralizadores de veras, mientras que S. SS. no lo son más que en ocasiones. La segunda parte de la pregunta del Sr. Morayta, que indica también una tendencia centralizadora, es que el ayuntamiento de Granada no está completo, que hay en él algunas vacantes, y si el Gobierno piensa tomar alguna resolución.

El Gobierno no sabe si el ayuntamiento de Granada tiene o no el suficiente número de concejales; la Diputación provincial es la que debe verlo y tomar acuerdo sobre ese punto. Por lo demás, el ayuntamiento de Granada, que S. S. ha calificado suponiendo que no tiene autoridad en aquella capital, y que es uno de los ayuntamientos nombrados arbitrariamente, está nombrado dentro de la ley. S. S. sabe bien que el ayuntamiento anterior, que se decía republicano federal, era tal el interés que se tomaba por la gestión de los negocios que estaban bajo su dirección, que algunas veces se pasaron dos meses sin que se reuniese; y de tal manera administraba los intereses de la capital, que, por último, se vio en la necesidad de presentar su dimisión por no poder continuar ni hallar recurso en ninguna arte con que atender a las obligaciones del municipio. Entonces, cumpliendo con la ley, la Diputación provincial [1.753] se reunió, aceptó la dimisión a ese ayuntamiento, que no podía, ni quería, ni sabía marchar, y lo reemplazó, según la ley indica, por el ayuntamiento inmediatamente anterior, que es el que está hoy funcionando en Granada. El Sr. Morayta cree que no tiene autoridad ese ayuntamiento: no lo sé; no tengo noticias en contrario; pero puedo decir a S. S. que está compuesto de personas simpáticas, queridas y de influencia en la población. Es posible que como cada uno cuenta de la feria según le va en ella, S. S. crea que no tiene simpatías en la población porque no las tenga entre los amigos de S. S.; pero puedo decirle que ha podido marchar desde que está al frente del municipio, aunque teniendo, como tienen todos, algunas dificultades, aumentadas con las que le han proporcionado la apatía, la ineptitud y la falta de inteligencia con que el ayuntamiento anterior, amigo de S. S., había llevado Ia gestión del municipio. Y como el Gobierno es liberal de veras, descentralizador de veras, no se mete en lo que no le corresponde, ni sabe si en el ayuntamiento de Granada faltan dos, tres o más individuos; pero la Diputación provincial es la que debe saber cuando falta el numero bastante para que se proceda a completarle y llenar las vacantes que haya. Cuando la Diputación provincial lo acuerde, se cumplirá la ley; y mientras tanto el Gobierno nada tiene que hacer, y nada hará; pues a pesar de las excitaciones de S. SS., el Gobierno se ha empeñado en ser tan descentralizador como desean las leyes liberales que lo sea.

El Gobierno, a pesar de los cargos y de las excitaciones del Sr. Morayta y de sus amigos será descentralizador y liberal.

(Habla el Sr. Morayta.)

El Sr. PRESIDENTE: Señor Diputado, está V.S. rectificando, y por el cargo que ejerce en la Mesa, se encuentra más obligado a respetar y cumplir el Reglamento.

 (Habla el Sr. Morayta.)

El Sr. PRESIDENTE: El Sr. Ministro de Gracia y Justicia tiene la palabra.

(Habla el Sr. Ministro de Gracia y Justicia Ulloa.)

El Sr. PRESIDENTE: El Sr. Ministro de la Gobernación tiene la palabra.

El Sr. Ministro de la GOBERNACIÓN (Sagasta): He pedido la palabra para decir al Sr. Morayta que el Ministro de la Gobernación no manda formar causas por cuestiones de imprenta, ni el Ministro de la Gobernación sabe cuándo se incoan causas por este motivo. El [1.754] Ministro de la Gobernación no tiene nada que hacer ni puede ni debe hacer nada en esto. Se forma una causa a un director de un periódico, a un autor de un artículo; pues el Ministro de la Gobernación no lo sabe, como no sabe que se forme causa a uno que ha robado una chaqueta. Por consiguiente, nada tiene que hacer ni nada ha hecho. No quiero dejar pasar desapercibida la idea de que el Ministro de la Gobernación mande formar causas, no es verdad, ni yo tengo nada que ver con los fiscales, ni con las causas, ni con los que pueden formar causas. Quiero que conste bien esto; cualquiera que sean las persecuciones que sufran los escritores públicos, nada tiene que ver con ellas el Ministro de la Gobernación; los tribunales cumplen con su deber y hacen bien.

Pero volviendo a la cuestión del ayuntamiento de Granada, debo decir a S. S. que no tengo noticia de que el ayuntamiento de Granada falte a la ley; y prueba de ello es que S.S., que ha querido sentar la premisa para hacer la pregunta, de que faltaba a la ley, todo lo que dice es que separa serenos y guardias municipales; pues con eso no falta a ley. (El Sr. Morayta: No es eso.) Pues determine S. S. en lo que falta, pues las cosas deben probarse y no consignarlas de memoria. Su señoría se queja de que el ayuntamiento de Granada no tiene autoridad, y S. S. es quien se la quiere quitar suponiendo que falta a ley; pero si es cierto, concrete S. S. la causa; diga en qué circunstancias, con qué motivo y en qué ha faltado a la ley.

Que no marcha bien aquel ayuntamiento. Pues yo lo puedo decir a S. S. que es el único que ha podido marchar bien; porque el anterior, que estaba compuesto de personas simpáticas a S. S., no podía marchar bien, y no marchaba ni bien ni mal, siendo su situación malísima, hasta que llegó este nuevo. Por consiguiente, no digamos así las cosas. No hay que lastimar a las corporaciones municipales ni a los individuos que las componen, con mayor motivo, puesto que son cargos gratuitos; si la única remuneración que han de tener los individuos estos es que aquí se les critique injustamente, digo a S. S. que no vamos a encontrar quien quiera ser individuo de ayuntamiento ni quien quiera tomar a su cargo ninguna de las instituciones populares que admiten las leyes. Por tanto, digo a S. S. que no es exacto que el ayuntamiento de Granada haya faltado a la ley, ni que no pueda marchar, ni que malgaste los fondos municipales en obras innecesarias, de lujo, sino que hace lo que puede dentro de las circunstancias difíciles en que se encuentra; que hace mucho más, sobre todo, de lo que hacía el ayuntamiento que tenía las simpatías de S. S., pues aquel no hacía nada ni quería hacerlo.



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